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Legislación › Ley 13/2018, de 28 de diciembre, de caminos públicos y rutas senderistas de Mallorca y Menorca.

ANEXO III

ANEXO III

Ficha para el Registro de rutas senderistas

La ficha unificada para el Registro de rutas senderistas tendrá el siguiente contenido:

– Denominación de la ruta.

– Código de inscripción en el Registro.

– Código GR, PR o SL, según corresponda.

– Plano georeferenciado.

– Longitud.

– Duración del recorrido y etapas.

– Dificultad máxima por tramos.

– Lugares de interés.

– Observaciones.

– Documentación del proyecto.

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