Legislación › Ley 13/2018, de 28 de diciembre, de caminos públicos y rutas senderistas de Mallorca y Menorca.
ANEXO III
ANEXO III
Ficha para el Registro de rutas senderistas
La ficha unificada para el Registro de rutas senderistas tendrá el siguiente contenido:
– Denominación de la ruta.
– Código de inscripción en el Registro.
– Código GR, PR o SL, según corresponda.
– Plano georeferenciado.
– Longitud.
– Duración del recorrido y etapas.
– Dificultad máxima por tramos.
– Lugares de interés.
– Observaciones.
– Documentación del proyecto.


