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Legislación › Ley 13/2018, de 28 de diciembre, de caminos públicos y rutas senderistas de Mallorca y Menorca.

Artículo 14. Catálogo insular de caminos públicos.

Artículo 14. Catálogo insular de caminos públicos.

Los consejos insulares de Mallorca y Menorca aprobarán el Catálogo de caminos de su titularidad en el plazo máximo de cuatro años a partir de la entrada en vigor de esta ley, de acuerdo con lo que disponen los artículos precedentes en todo lo que sea de aplicación.

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