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Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad.

En vigor Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia · Publicada el 24 de enero de 2020 · Último cambio el 5 de febrero de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. Artículo 1. Objeto de la circular.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Definiciones.
  6. Artículo 4. Principios generales.
  7. Artículo 5. Costes considerados en la determinación de los peajes de transporte y distribución.
  8. Artículo 6. Definición de la estructura de peajes de transporte y distribución.
  9. Artículo 7. Periodos horarios de los peajes de transporte y distribución. 2 redacciones · cambió el 05/02/2025
  10. Artículo 8. Metodología de asignación de la retribución del transporte y la distribución. 2 redacciones · cambió el 05/02/2025
  11. Artículo 9. Aplicación de los peajes de transporte y distribución de electricidad. 2 redacciones · cambió el 05/02/2025
  12. Artículo 10. Peajes de aplicación a contratos de duración inferior al año.
  13. Artículo 11. Coeficientes de pérdidas. 2 redacciones · cambió el 05/02/2025
  14. Artículo 12. Obligaciones de información.
  15. Artículo 13. Publicación de los peajes de transporte y distribución según la metodología establecida e información que sirve para su cálculo.
  16. Artículo 14. Parámetros que se han de aplicar para determinar los peajes de transporte y distribución.
  17. Artículo 15. Tratamiento de desvíos positivos de ejercicios anteriores.
  18. Disposición adicional primera. Revisión de la metodología de asignación de peajes de transporte y distribución.
  19. Disposición adicional segunda. Peajes de transporte y distribución aplicables a los puntos de recarga de vehículos eléctricos acceso público. 2 redacciones · cambió el 05/02/2025
  20. Disposición adicional tercera. Procedimiento de aplicación de los peajes de acceso a los consumos propios de instalaciones de producción de electricidad.
  21. Disposición transitoria primera. Adaptación de los equipos, los sistemas de facturación y los contratos. 3 redacciones · cambió el 23/03/2021
  22. Disposición transitoria segunda. Facturación por energía capacitiva en el periodo de valle.
  23. Disposición transitoria tercera. Impacto gradual de la aplicación de la metodología.
  24. Disposición transitoria cuarta. Precios de los términos de potencia y energía del peaje de aplicación a los puntos de suministro de acceso público dedicados a la recarga de vehículos eléctricos conectados en redes de tensión igual o superior a 30 kV e inferior a 72,5 kV.
  25. Disposición transitoria quinta. Peajes de aplicación para el suministro eléctrico a embarcaciones.
  26. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  27. Disposición final única. Entrada en vigor.
  28. [firma]
  29. ANEXO I
  30. ANEXO II
  31. ANEXO III