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Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad.
En vigor Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia · Publicada el 24 de enero de 2020 · Último cambio el 5 de febrero de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto de la circular.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Principios generales.
- Artículo 5. Costes considerados en la determinación de los peajes de transporte y distribución.
- Artículo 6. Definición de la estructura de peajes de transporte y distribución.
- Artículo 7. Periodos horarios de los peajes de transporte y distribución. 2 redacciones · cambió el 05/02/2025
- Artículo 8. Metodología de asignación de la retribución del transporte y la distribución. 2 redacciones · cambió el 05/02/2025
- Artículo 9. Aplicación de los peajes de transporte y distribución de electricidad. 2 redacciones · cambió el 05/02/2025
- Artículo 10. Peajes de aplicación a contratos de duración inferior al año.
- Artículo 11. Coeficientes de pérdidas. 2 redacciones · cambió el 05/02/2025
- Artículo 12. Obligaciones de información.
- Artículo 13. Publicación de los peajes de transporte y distribución según la metodología establecida e información que sirve para su cálculo.
- Artículo 14. Parámetros que se han de aplicar para determinar los peajes de transporte y distribución.
- Artículo 15. Tratamiento de desvíos positivos de ejercicios anteriores.
- Disposición adicional primera. Revisión de la metodología de asignación de peajes de transporte y distribución.
- Disposición adicional segunda. Peajes de transporte y distribución aplicables a los puntos de recarga de vehículos eléctricos acceso público. 2 redacciones · cambió el 05/02/2025
- Disposición adicional tercera. Procedimiento de aplicación de los peajes de acceso a los consumos propios de instalaciones de producción de electricidad.
- Disposición transitoria primera. Adaptación de los equipos, los sistemas de facturación y los contratos. 3 redacciones · cambió el 23/03/2021
- Disposición transitoria segunda. Facturación por energía capacitiva en el periodo de valle.
- Disposición transitoria tercera. Impacto gradual de la aplicación de la metodología.
- Disposición transitoria cuarta. Precios de los términos de potencia y energía del peaje de aplicación a los puntos de suministro de acceso público dedicados a la recarga de vehículos eléctricos conectados en redes de tensión igual o superior a 30 kV e inferior a 72,5 kV.
- Disposición transitoria quinta. Peajes de aplicación para el suministro eléctrico a embarcaciones.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III


