Legislación › Ley 1/2020, de 11 de junio, de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana.
Disposición transitoria décima. Moratoria de nuevas autorizaciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de junio de 2020 y la del 1 de enero de 2022.
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Disposición transitoria décima. Moratoria de nuevas autorizaciones. autorizaciones
Por un período periodo máximo de 5 cinco años desde la entrada en vigor de esta ley ley, se establece la suspensión de nuevas autorizaciones de establecimientos de juego, así como de nuevas autorizaciones de explotación de máquinas de tipo tipos B o recreativas con premio, destinadas a ser instaladas en locales de hostelería o similares. similares, salvo que derive de la sustitución de máquinas averiadas u obsoletas, que se les dará de baja, manteniendo la autorización de la nueva máquina el periodo de vigencia que le resta a la sustituida, y siempre que sean locales en los que en la fecha de aprobación de la ley ya existiera instalada una máquina. No resultará aplicable esta limitación temporal respecto a las autorizaciones de locales destinados a salones recreativos o centros de ocio familiar.
En caso de que en la tramitación de una renovación de autorización de establecimiento de juego, el emplazamiento actual del mismo no cumpla con el requisito de distancia establecido en el apartado 5 del artículo 45 de esta ley, no es de aplicación la suspensión a la que se refiere el párrafo anterior para tramitar una nueva autorización en otro emplazamiento.
Durante este período, la conselleria competente en materia de juego debe coordinar un estudio que analice el impacto social y sobre la salud pública de las instalaciones de juego existentes (locales específicos de juego y máquinas de juego en locales de hostelería). A partir del resultado de este estudio, la conselleria competente en materia de juego debe proponer las limitaciones en el territorio valenciano del número y la distribución admisible de locales de juego y de máquinas de tipo B o recreativas con premio para locales de hostelería o similares, teniendo en cuenta criterios de salud pública, poblacionales, socioeconómicos y territoriales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de junio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-90135 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2024 | BOE-A-2024-2666 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2022 | BOE-A-2022-1018 | Leer | Qué cambió |
| 16 de junio de 2020 | Texto original | Leer |
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