Legislación › Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears.
Artículo 10. Criterios técnicos o interpretativos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de agosto de 2020 y la del 29 de mayo de 2024.
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Artículo 10. Criterios técnicos o interpretativos.
1. Sin perjuicio de la potestad reglamentaria del Gobierno y de la persona titular de la consejería responsable de medio ambiente, territorio, y también de las instrucciones, circulares y órdenes de servicio que dicten los órganos superiores y directivos de la consejería para el impulso impulsar y la dirección de dirigir la actividad administrativa, el Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de dirección general que asuma las Islas Baleares, con el informe previo del Comité Técnico, competencias como órgano ambiental puede aprobar criterios técnicos o interpretativos para la redacción de redactar los estudios ambientales estratégicos de los planes o los programas y los estudios de impacto ambiental de los proyectos, así como para la predicción y la valoración de sus impactos, las características técnicas y las especificaciones de la documentación que debe presentar el promotor en soporte digital. proyectos.
2. Asimismo, la Comisión el órgano ambiental puede proponer al Consejero consejero competente en materia de medio ambiente territorio que establezca criterios técnicos o interpretativos para la redacción de redactar los estudios de impacto ambiental de los proyectos y los estudios ambientales estratégicos de los planes o programas, y también para la predicción y la valoración de sus posibles impactos. los programas.
3. Estas circulares, instrucciones u órdenes de servicio se publicarán deben publicar en el «Boletín "Boletín Oficial de las Islas Baleares» Illes Balears" y en la página web corporativa el Portal de la Comisión Transparencia de Medio Ambiente la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Illes Balears.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de diciembre de 2024 En vigor | BOE-A-2025-720 | Leer | Qué cambió |
| 29 de mayo de 2024 | BOE-A-2024-16940 | Leer | Qué cambió |
| 30 de agosto de 2020 | Texto original | Leer |


