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Legislación › Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Artículo 10. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Artículo 10. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

1. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se estructura en los siguientes órganos directivos:

A) La Secretaría General de Agricultura y Alimentación, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios.

2.º La Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria.

3.º La Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria.

4.º La Dirección General de la Industria Alimentaria.

B) La Secretaría General de Pesca, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Dirección General de Pesca Sostenible.

2.º La Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura.

C) La Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Secretaría General Técnica.

2.º La Dirección General de Servicios e Inspección.

2. Quedan suprimidas la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Política Forestal, la Dirección General de Recursos Pesqueros y la Dirección General de Servicios.

Se modifican los apartados 1 B).1.º, 1 C).2.º y 2 por la disposición final 1 del Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo. BOE-A-2020-3228

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de marzo de 2020 En vigor BOE-A-2020-3228 Leer Qué cambió
29 de enero de 2020 Texto original Leer

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