Legislación › Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias.
Artículo 19. Delegación de competencias en órganos de la Fiscalía General del Estado.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de marzo de 2021 y la del 29 de diciembre de 2022.
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Artículo 19. Delegación de competencias en la persona titular de la Jefatura de Área de Coordinación órganos de la Unidad de Apoyo al Fiscal Fiscalía General del Estado.
1. Se delega por la persona titular de la Secretaría de Estado de Justicia en la persona titular de la Jefatura de Área de Coordinación de la Unidad de Apoyo al Fiscal de la Fiscalía General del Estado el ejercicio la designación de las siguientes competencias: comisiones de servicio con
a) La autorización del gasto y del pagocargo derecho a los anticipos de caja fija de indemnización dentro del territorio nacional, por la Caja Pagadora asistencia a reuniones de la Fiscalía General del Estado, así como la formalización Estado o por convocatorias de los documentos contables necesarios para esta.
2. Se delega por la reposición persona titular de fondos e imputación al presupuesto la Secretaría de los gastos realizados, siempre dentro del límite Estado de consignación presupuestaria específica que Justicia en cada momento se señale. la persona titular de
b) La aprobaciónlas cuentas justificativas la Jefatura de las obligaciones satisfechas con cargo a los anticipos Área de caja fija Coordinación de la Caja Pagadora Unidad de la Fiscalía Apoyo al Fiscal General del Estado, una vez fiscalizadas las mismas. la celebración de contratos menores a los que se refieren el artículo 118, en relación con el artículo 131.3, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
c) Dentro de su ámbito competencial,Directivas directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, incluida la aprobación y compromiso del gasto, así como el reconocimiento de las obligaciones y las propuestas de pago.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de diciembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-23722 | Leer | Qué cambió |
| 26 de marzo de 2021 | BOE-A-2021-4745 | Leer | Qué cambió |
| 24 de octubre de 2020 | Texto original | Leer |


