Legislación › Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.
Disposición adicional cuarta. Secreto de la identidad de los miembros del Centro Nacional de Inteligencia.
Disposición adicional cuarta. Secreto de la identidad de los miembros del Centro Nacional de Inteligencia.
Lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de esta Ley se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, en relación con la obligación de guardar secreto sobre la identidad de sus miembros.
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