Legislación › Ley 3/2020, de 29 de octubre, del sistema de préstamo de los libros de texto de Extremadura.
Disposición adicional segunda. Centros Públicos de Educación Especial.
Disposición adicional segunda. Centros Públicos de Educación Especial.
Reglamentariamente se atenderá a las particularidades que presente la aplicación de la presente Ley a los alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de Educación Especial, bajo el mismo principio de gratuidad y con asignaciones presupuestarias acordes a la naturaleza de los libros empleados.
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