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Ley 3/2020, de 29 de octubre, del sistema de préstamo de los libros de texto de Extremadura.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 12 de noviembre de 2020 · Último cambio el 4 de noviembre de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Sistema de préstamo y banco de libros. Finalidad y principios inspiradores.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Concepto de libros de texto y material escolar.
- Artículo 4. Elección y vigencia de los libros de texto.
- Artículo 5. Régimen de propiedad y uso.
- Artículo 5 Bis. Bono-Libro/Cheque-Libro.
- Artículo 5 Ter. Órgano de instrucción y evaluación de solicitudes.
- CAPÍTULO III
- Artículo 6. Voluntariedad del sistema de préstamo.
- Artículo 7. Seguimiento del sistema de préstamo.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 8. Financiación.
- Disposición adicional primera. Actuaciones de la Inspección educativa.
- Disposición adicional segunda. Centros Públicos de Educación Especial.
- Disposición adicional tercera. Centros privados concertados.
- Disposición adicional cuarta. Modificación de la Ley 8/2001, de 14 de junio, por la que se regulan los Consejos Escolares de Extremadura.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Habilitación normativa.
- Disposición final segunda. Calendario y criterios de implantación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]


