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Legislación › Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero.

Artículo 24. Recursos materiales y personal.

Artículo 24. Recursos materiales y personal.

Las autoridades competentes dedicarán los medios materiales y el personal que consideren oportunos para atender al cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley, pudiendo decidir con arreglo a su respectivo régimen jurídico sobre el modelo de organización interna que resulte más adecuado para los propósitos anteriores en función de sus especificidades y de las competencias que tengan atribuidas.

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