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Legislación › Ley 2/2020, de 22 de octubre, de Estadística de Aragón.

Artículo 45. Objetivo.

Artículo 45. Objetivo.

El Sistema Estadístico Oficial de Aragón perseguirá la consecución de la excelencia en la prestación del servicio público estadístico aplicando las medidas contenidas en la Ley 5/2013, de 20 de junio, de Calidad de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

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