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Legislación › Ley 7/2019, de 29 de noviembre, de Economía Circular de Castilla-La Mancha.

Disposición final tercera. Fianzas.

Disposición final tercera. Fianzas.

En el plazo de un año de la entrada en vigor de esta ley, la Consejería con competencias en medio ambiente aprobará las correspondientes normas técnicas para la determinación de las cuantías de las fianzas que se deban constituir cuando así lo exijan las normas que regulan la gestión de residuos peligrosos, otros específicos o las que regulan operaciones de gestión y/o eliminación de residuos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de febrero de 2022 En vigor BOE-A-2022-4919 Leer Qué cambió
1 de enero de 2020 Texto original Leer

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