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Legislación › Circular 5/2020, de 25 de noviembre, del Banco de España, a entidades de pago y a entidades de dinero electrónico, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros, y que modifica la Circular 6/2001, de 29 de octubre, sobre titulares de establecimientos de cambio de moneda, y la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.

Norma 10. Criterios de reconocimiento, valoración, presentación y desglose

Norma 10. Criterios de reconocimiento, valoración, presentación y desglose

1. Las entidades elaborarán los estados financieros reservados, individuales y consolidados, aplicando los criterios identificados en el apartado 2 de la norma 2 de esta circular.

2. La información se desglosará de acuerdo con los criterios fijados en los apartados 2 a 16 de la norma 64 y en la norma 65 de la Circular 4/2017, de 27 de noviembre.

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