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Circular 5/2020, de 25 de noviembre, del Banco de España, a entidades de pago y a entidades de dinero electrónico, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros, y que modifica la Circular 6/2001, de 29 de octubre, sobre titulares de establecimientos de cambio de moneda, y la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.

En vigor Banco de España · Publicada el 4 de diciembre de 2020 · Último cambio el 4 de diciembre de 2020 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Norma 1. Entidades sujetas
  4. Norma 2. Ámbito de aplicación
  5. TÍTULO I
  6. CAPÍTULO I
  7. Norma 3. Cuentas anuales individuales
  8. Norma 4. Cuentas anuales consolidadas
  9. Norma 5. Contenido de las cuentas anuales individuales y consolidadas
  10. Norma 6. Estados financieros públicos individuales
  11. Norma 7. Estados financieros públicos consolidados
  12. CAPÍTULO II
  13. Norma 8. Características y elementos de la información financiera
  14. Norma 9. Criterios de reconocimiento, valoración, presentación e información que se debe incluir en la memoria
  15. TÍTULO II
  16. CAPÍTULO I
  17. Norma 10. Criterios de reconocimiento, valoración, presentación y desglose
  18. Norma 11. Sectorización de saldos personales según titulares
  19. CAPÍTULO II
  20. Norma 12. Estados financieros reservados individuales
  21. Norma 13. Estados financieros reservados consolidados
  22. Norma 14. Estados reservados relativos a los requerimientos estadísticos de la Unión Económica y Monetaria
  23. TÍTULO III
  24. Norma 15. Desarrollo contable interno y control de gestión
  25. TÍTULO IV
  26. Norma 16. Presentación de cuentas anuales, estados y otra información financiera en el Banco de España
  27. Disposición adicional única. Previsiones para los establecimientos financieros de crédito híbridos.
  28. Disposición transitoria primera. Aplicación por primera vez de esta circular a las cuentas anuales.
  29. Disposición transitoria segunda. Aplicación por primera vez de esta circular a los estados financieros públicos.
  30. Disposición transitoria tercera. Aplicación por primera vez de esta circular a los estados reservados.
  31. Disposición final primera. Modificación de la Circular 6/2001, de 29 de octubre, sobre titulares de establecimientos de cambio de moneda.
  32. Disposición final segunda. Modificación de la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.
  33. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  34. [firma]
  35. ANEJO 1
  36. ANEJO 2