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Legislación › Real Decreto 1089/2020, de 9 de diciembre, por el que se desarrollan aspectos relativos al ajuste de la asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo 2021-2030.

Artículo 10. Ajustes de la asignación gratuita en caso de cese de la actividad.

Artículo 10. Ajustes de la asignación gratuita en caso de cese de la actividad.

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente, en el caso de que una subinstalación haya cesado su actividad, la asignación gratuita de dicha subinstalación se ajustará a cero a partir del año siguiente al cese de la actividad.

2. A partir del 1 de enero de 2026, cuando una subinstalación cese su actividad no se le asignarán derechos de emisión por lo que reste del año tras su día de cese de operaciones, en base a un prorrateo, y la asignación será cero desde el año siguiente al cese.

Se modifica por el art. único.6 del Real Decreto 127/2026, de 18 de febrero. BOE-A-2026-3908

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de febrero de 2026 En vigor BOE-A-2026-3908 Leer Qué cambió
11 de diciembre de 2020 Texto original Leer

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