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Legislación › Ley 5/2020, de 1 de diciembre, de Instituciones Museísticas de Extremadura.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta ley se aprobará el reglamento que regule la organización y funcionamiento del Registro de la Red de Instituciones Museísticas de Extremadura.

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