Legislación › Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.
Artículo 3. Nomenclatura.
Artículo 3. Nomenclatura.
A los efectos de identificar las prestaciones que son objeto de los contratos regulados en este real decreto-ley, se utilizará el «Vocabulario común de contratos públicos (CPV)» aprobado por el Reglamento (CE) n.° 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV).


