Legislación › Ley 8/2019, de 13 de diciembre, de Participación de Castilla-La Mancha.
Artículo 32. Medidas para la accesibilidad.
Artículo 32. Medidas para la accesibilidad.
La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos incorporarán en los distintos procesos de participación las medidas de accesibilidad y adaptación de medios y lenguajes a las distintas discapacidades en cumplimiento de la normativa existente en materia de accesibilidad y respondiendo al principio de facilidad y comprensión.


