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Legislación › Decreto-ley 44/2020, de 17 de noviembre, por el que se crea el Censo de espacios de cultura responsables.

Artículo 2. Requisitos para la inclusión en el Censo.

Artículo 2. Requisitos para la inclusión en el Censo.

Los requisitos que deben cumplir los espacios culturales para la inclusión en el Censo son los siguientes:

a) Adoptar todas las medidas sanitarias que determinen las autoridades competentes para evitar el riesgo de pandemia de la COVID-19, así como aprobar un protocolo sanitario para el espacio cultural para prevenir la COVID-19.

b) Asumir el compromiso, mediante la adopción de programas de actuación, de promover medidas inclusivas y de mejora de la salud anímica de la ciudadanía orientadas a evitar el riesgo de exclusión social de colectivos especialmente vulnerables por razones económicas, sociales, de género o de inserción social.

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