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Legislación › Decreto-ley 44/2020, de 17 de noviembre, por el que se crea el Censo de espacios de cultura responsables.

Artículo 3. Solicitudes para la inclusión en el Censo.

Artículo 3. Solicitudes para la inclusión en el Censo.

1. Las personas físicas o jurídicas titulares o gestoras de los espacios culturales deben presentar una solicitud, de acuerdo con el formulario que determine el departamento competente en materia de cultura, a través del portal Trámites gencat del web de la Generalidad de Cataluña (http://tramits.gencat.cat), utilizando los sistemas de identificación y firma electrónica admitidos por la sede electrónica.

2. Los interesados deben hacer constar en la solicitud, como mínimo, los datos generales del titular o gestor del espacio cultural, su ubicación, el aforo máximo del local y los datos de quien hace la declaración como representante.

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