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Legislación › Orden TMA/105/2020, de 31 de enero, por la que se establecen las normas para la concesión y mantenimiento de las licencias de explotación de servicios aéreos.

Artículo 4. Excepciones a la obligación de obtener una licencia de explotación.

Artículo 4. Excepciones a la obligación de obtener una licencia de explotación.

De acuerdo con el artículo 3.3 del Reglamento, no están sujetos a la obligación de poseer una licencia de explotación concedida con arreglo a lo establecido en esta orden los:

a) servicios aéreos realizados por aeronaves sin motor o ultraligeras con motor.

b) vuelos locales.

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