Legislación › Decreto Ley 1/2020, de 17 de enero, por el turismo responsable y la mejora de la calidad en zonas turísticas.
Artículo 9. Planificación, coordinación y colaboración.
Artículo 9. Planificación, coordinación y colaboración.
1. Las administraciones competentes en materia de turismo, salud, consumo y comercio de la comunidad autónoma pueden elaborar planes de actuación conjunta para asegurar el cumplimiento de las medidas que dispone este decreto-ley.
2. Para implementar los planes a que hace referencia el apartado anterior tienen que coordinar las actuaciones con los consejos insulares y los municipios afectados.
3. Los servicios de inspección de las administraciones competentes en materia de turismo, salud, consumo y comercio, como también la Policía Local de los municipios afectados, la Policía Nacional y la Guardia Civil tienen que actuar coordinadamente y tienen que colaborar entre sí para asegurar el cumplimiento de las medidas que dispone este decreto-ley.


