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Legislación › Decreto-ley 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda.

Disposición transitoria primera. Obligación de ofrecer un alquiler social.

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Disposición transitoria primera. Obligación de ofrecer un alquiler social.
La obligación de ofrecer un alquiler social a que hacen referencia la disposición adicional primera y el artículo 10 de la Ley 24/2015, del 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética, añadidos por este Decreto-ley, es de aplicación también en caso de que los procedimientos judiciales correspondientes se hayan iniciado antes de la entrada en vigor de este Decreto-ley y estén todavía en tramitación. (Anulada).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de febrero de 2021 En vigor BOE-A-2021-2835 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2019 Texto original Leer

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