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Legislación › Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida.

Apartado 4. Verificación después de reparación o modificación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de octubre de 2020 y la del 16 de enero de 2025. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Apartado 4. Verificación después de reparación o modificación.
La verificación después de reparación o modificación de los sistemas contadores de personas se realizará conforme al capítulo III de esta orden y a lo indicado en el apéndice II III de este anexo.
Estos instrumentos pueden acogerse a lo establecido en el artículo 8 de la presente orden.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de enero de 2025 En vigor BOE-A-2024-27147 Leer Qué cambió
24 de octubre de 2020 Texto original Leer

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