Legislación › Real Decreto 701/2019, de 29 de noviembre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior en Alta Montaña y Técnico Deportivo Superior en Escalada y se fijan sus currículos básicos y los requisitos de acceso.
Artículo 29. Exención del módulo de formación práctica.
Artículo 29. Exención del módulo de formación práctica.
Podrá ser objeto de exención total o parcial el módulo de formación práctica de los ciclos de grado superior en alta montaña y grado superior en escalada, en función de su correspondencia con la experiencia en el ámbito deportivo o laboral, detallada en el anexo XII.


