Legislación › Real Decreto 702/2019, de 29 de noviembre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Barrancos, Técnico Deportivo en Escalada y Técnico Deportivo en Media Montaña y se fijan sus currículos básicos y los requisitos de acceso.
Artículo 17. Competencia general del ciclo final de grado medio en escalada.
Artículo 17. Competencia general del ciclo final de grado medio en escalada.
La competencia general del ciclo final de grado medio en escalada es la de adaptar, dirigir y dinamizar la iniciación y perfeccionamiento técnico en la escalada deportiva en roca, rocódromos o estructuras artificiales de escalada interiores o exteriores, escalada en vías equipadas y semiequipadas o en vías ferratas equipadas, y el aseguramiento en terreno variado; organizar, concretar itinerarios y guiar deportistas por itinerarios de baja y media montaña estival; guiar escaladores por itinerarios de escalada en roca en vías equipadas y semiequipadas, vías ferratas equipadas y terreno variado; organizar y dirigir actividades, competiciones y eventos en el ámbito de la iniciación deportiva; gestionar la seguridad, recursos materiales y humanos y la coordinación de las actividades, competiciones, eventos y técnicos a su cargo; montar o equipar y asegurar espacios de aventura, equipar o reequipar vías de escalada en roca y diseñar itinerarios de escalada en rocódromos o estructuras artificiales, todo ello conforme a la normativa vigente y las directrices establecidas en la programación de referencia, en condiciones de seguridad, respeto medioambiental y con el nivel óptimo de calidad que permita la satisfacción de los deportistas participantes de la actividad.


