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Legislación › Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.

Disposición adicional sexta. Consolidación de las unidades TIC.

Disposición adicional sexta. Consolidación de las unidades TIC.

En el ejercicio de las funciones de implementación y desarrollo de la política en materia de tecnologías de la información y de las comunicaciones en el ámbito sectorial del Ministerio, la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia promoverá, en colaboración con las unidades competentes del Ministerio y de sus organismos adscritos, la consolidación de los recursos humanos, económico-presupuestarios, técnicos y materiales vinculados.

Igualmente, con independencia de las funciones atribuidas a la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia, mantendrán su dependencia orgánica actual y los correspondientes recursos las unidades TIC integradas en la relación de puestos de trabajo de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.

Se modifica por el art. 1.9 del Real Decreto 241/2022, de 5 de abril. BOE-A-2022-5518

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de abril de 2022 En vigor BOE-A-2022-5518 Leer Qué cambió
12 de marzo de 2020 Texto original Leer

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