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Legislación › Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

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Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de abril de 2020 y la del 9 de mayo de 2020. Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (14 palabras). Volver al texto en vigor

Téngase en cuenta que queda prorrogado el estado de alarma declarado por el presente Real Decreto hasta las 00:00 horas del día 10 24 de mayo de 2020 y se someterá a las mismas condiciones establecidas en el mismo y sus modificaciones, en las disposiciones que lo modifican, aplican y desarrollan, según establecen los arts. 1 y 2 del Real Decreto 492/2020, 514/2020, de 24 8 de abril. BOE-A-2020-4652 mayo. BOE-A-2020-4902

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de junio de 2020 En vigor BOE-A-2020-5767 Leer Qué cambió
23 de mayo de 2020 BOE-A-2020-5243 Leer Qué cambió
9 de mayo de 2020 BOE-A-2020-4902 Leer Qué cambió
25 de abril de 2020 BOE-A-2020-4652 Leer Qué cambió
11 de abril de 2020 BOE-A-2020-4413 Leer Qué cambió
28 de marzo de 2020 BOE-A-2020-4155 Leer

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