Legislación › Ley 2/2020, de 5 de marzo, de la vitivinicultura.
Artículo 52. Disposiciones generales.
Artículo 52. Disposiciones generales.
1. Son infracciones administrativas en materia vitivinícola las acciones u omisiones tipificadas por la presente ley que se cometan en Cataluña.
2. Las infracciones tipificadas por la presente ley se clasifican en leves, graves y muy graves.


