Legislación › Ley 3/2020, de 11 de marzo, de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios.
Disposición adicional segunda. Contenido del Plan estratégico de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios.
Disposición adicional segunda. Contenido del Plan estratégico de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios.
El contenido del Plan estratégico de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios, al que se refiere el artículo 12.3, debe establecerse por reglamento.
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