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Ley 3/2020, de 11 de marzo, de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 21 de marzo de 2020 · Último cambio el 13 de marzo de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación objetivo.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación subjetivo.
- Artículo 4. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Obligaciones de las empresas de la cadena alimentaria, las entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro que se dedican a la distribución de alimentos.
- Artículo 6. Obligaciones de las empresas del sector de la restauración y la hostelería.
- Artículo 7. Obligaciones de la Administración pública.
- Artículo 8. Derechos de las entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro que se dedican a la distribución de alimentos.
- Artículo 9. Obligaciones de las entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro que se dedican a la distribución de alimentos.
- Artículo 10. Derechos de los consumidores.
- Artículo 11. Jerarquía de prioridades de los agentes.
- CAPÍTULO III
- Artículo 12. Plan estratégico de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios.
- Artículo 13. Medidas de apoyo y fomento para la prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 14. Infracciones.
- Artículo 15. Sanciones.
- Disposición adicional primera. Funciones del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.
- Disposición adicional segunda. Contenido del Plan estratégico de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 9/2004.
- Disposición final segunda. Fomento de instrumentos económicos.
- Disposición final tercera. Aprobación del Plan estratégico de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios.
- Disposición final cuarta. Regulación del espigueo.
- Disposición final quinta. Desarrollo de la Ley.
- Disposición final sexta. Disposiciones con aumento de créditos o disminución de ingresos.
- Disposición final séptima. Entrada en vigor.
- [firma]


