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Legislación › Real Decreto 427/2020, de 3 de marzo, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las lonjas de productos agropecuarios como "Lonjas de referencia", y de sus asociaciones, y se crea el Registro nacional de lonjas de referencia y sus asociaciones.

Disposición adicional única. No incremento de gasto.

Disposición adicional única. No incremento de gasto.

Lo dispuesto en este real decreto no supondrá incremento de dotaciones, retribuciones u otros gastos de personal.

Asimismo, la creación y funcionamiento del Registro previsto en el artículo 7 será atendido con los medios personales y materiales existentes en la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

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