Legislación › Real Decreto 427/2020, de 3 de marzo, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las lonjas de productos agropecuarios como "Lonjas de referencia", y de sus asociaciones, y se crea el Registro nacional de lonjas de referencia y sus asociaciones.
Disposición adicional única. No incremento de gasto.
Disposición adicional única. No incremento de gasto.
Lo dispuesto en este real decreto no supondrá incremento de dotaciones, retribuciones u otros gastos de personal.
Asimismo, la creación y funcionamiento del Registro previsto en el artículo 7 será atendido con los medios personales y materiales existentes en la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.


