Legislación › Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales.
Artículo 119. Competencia en materia de gestión, recaudación y revisión de los tributos portuarios.
Artículo 119. Competencia en materia de gestión, recaudación y revisión de los tributos portuarios.
Corresponde a Puertos de la Generalidad la gestión, recaudación y revisión de los tributos portuarios exigidos en las infraestructuras portuarias de competencia de la Generalidad.


