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Legislación › Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales.

Artículo 119. Competencia en materia de gestión, recaudación y revisión de los tributos portuarios.

Artículo 119. Competencia en materia de gestión, recaudación y revisión de los tributos portuarios.

Corresponde a Puertos de la Generalidad la gestión, recaudación y revisión de los tributos portuarios exigidos en las infraestructuras portuarias de competencia de la Generalidad.

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