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Legislación › Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales.

Artículo 155. Elementos de cuantificación de la tasa.

Artículo 155. Elementos de cuantificación de la tasa.

1. Los elementos de cuantificación de la tasa por la estancia de buques son:

a) El arqueo bruto del buque.

b) El tiempo de utilización del dominio público portuario.

2. El tiempo de utilización del dominio público portuario se computa en horas y minutos. El tiempo de utilización efectiva se calcula a partir del momento de la puesta a disposición o reserva del puesto de atraque o anclaje hasta que el buque abandona la zona de servicio. El tiempo de utilización se computa al 50% si la entrada y la estancia del buque tienen lugar en días festivos y fines de semana mientras se espera el inicio del conjunto de operaciones comerciales en día laborable.

Se modifica por el art. 35.2 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. BOE-A-2022-953

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1 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-953 Leer Qué cambió
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