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Legislación › Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales.

Artículo 200. Sujeto pasivo.

Artículo 200. Sujeto pasivo.

1. Tienen la condición de sujetos pasivos de la tasa de seguridad portuaria, en concepto de contribuyente y, además, de forma solidaria, el propietario, el naviero y el capitán del buque.

2. Tiene la condición de sujeto pasivo de esta tasa, en concepto de sustituto del contribuyente, la parte consignataria del buque, cuando este se encuentra consignado.

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