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Legislación › Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha.

Artículo 34. Publicidad de la adopción o aprobación del plan o programa.

Artículo 34. Publicidad de la adopción o aprobación del plan o programa.

En el plazo de quince días hábiles desde la aprobación del plan o programa, el órgano sustantivo remitirá para su publicación en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» la siguiente documentación:

a) La resolución por la que se adopta o aprueba el plan o programa aprobado, y una referencia a la dirección electrónica en la que el órgano sustantivo pondrá a disposición del público el contenido íntegro de dicho plan o programa.

b) Una referencia al «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» en el que se ha publicado el informe ambiental estratégico.

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