Legislación › Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha.
Artículo 75. Autorización e inscripción en el Registro.
Artículo 75. Autorización e inscripción en el Registro.
1. Reglamentariamente se establecerá el procedimiento a seguir para la emisión de la resolución de autorización de una ECAEA, así como su correspondiente remisión al Registro General de Entidades Colaboradoras de Castilla-La Mancha.
2. La resolución de autorización de una ECAEA corresponderá a la consejería competente en materia de evaluación ambiental.
Se añade por la disposición final 8.1 de la Ley 4/2025, de 11 de julio. BOE-A-2025-18966


