Legislación › Ley Foral 7/2020, de 6 de abril, por la que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19).
Artículo 7. Recursos de acogida provisionales para mujeres víctimas de violencia de género.
Artículo 7. Recursos de acogida provisionales para mujeres víctimas de violencia de género.
El Departamento de Presidencia, Función Pública, Igualdad e Interior podrá poner en funcionamiento nuevos recursos de acogida para víctimas de violencia de género para garantizar la atención en condiciones de seguridad a las mujeres y sus hijos e hijas, si los hubiere, en situación de violencia agravada por el confinamiento.


