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Legislación › Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado.

Artículo 10 bis. Caza y pesca deportiva.

Artículo 10 bis. Caza y pesca deportiva.

Lo previsto en este capítulo no será de aplicación a la caza y pesca deportiva.

Se añade por la disposición final 3 de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo. BOE-A-2020-4911

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