Legislación › Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
ANEXO
Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de mayo de 2020 y la del 18 de mayo de 2020.
Tachado: lo que se quitó (79 palabras). Subrayado: lo que se añadió (168 palabras).
Volver al texto en vigor
ANEXO
Unidades Territoriales
1. En la Comunidad Autónoma de Andalucía, las provincias de Almería, Córdoba, Cádiz, Granada, Huelva, Jaén Jaén, Málaga y Sevilla.
2. En la Comunidad Autónoma de Aragón, las provincias de Huesca, Zaragoza y Teruel.
3. En la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, toda la provincia de Asturias.
4. En la Comunidad Autónoma de Illes Balears, las Islas islas de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera. Menorca e Ibiza.
5. En la Comunidad Autónoma de Canarias, las Islas islas de Tenerife, Gran Canaria, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, La Gomera, El Hierro Fuerteventura y La Graciosa. Palma.
6. En la Comunidad Autónoma de Cantabria, toda la provincia de Cantabria.
7. En la Comunidad Autónoma de Castilla y León, las siguientes zonas básicas de salud:
a) En la provincia de Ávila, la zona básica las zonas básicas de salud de Muñico. Muñico, Mombeltrán, Madrigal de las Altas Torres y San Pedro Arroyo.
b) En la provincia de Burgos, las zonas básicas de salud de Sedano, Valle de Losa, Quintanar de la Sierra, Espinosa de los Monteros, Pampliega y Pampliega, Valle de Mena. Mena, Huerta de Rey, Melgar Fernamental, Valle Tobalina, Roa de Duero y Valle Valdebezana.
c) En la provincia de León, las zonas básicas de salud de Truchas, Matallana de Torio Torio, Riaño, Mansilla Mulas, Sahagún de Campos, Valderas, Bembibre, Cacabelos, Fabero, Puente Domingo Flórez, Toreno, Villablino, Villafranca del Bierzo, Ponferrada I, Ponferrada II, Ponferrada III y Riaño. Ponferrada IV.
d) En la provincia de Palencia, la zona básica las zonas básicas de salud de Torquemada. Torquemada, Cervera de Pisuerga, Guardo, Paredes de Nava y Villamuriel de Cerrato.
e) En la provincia Salamanca, las zonas básicas de salud de Robleda, Aldeadávila de la Ribera, Lumbrales y Lumbrales, Miranda del Castañar. Castañar, Calzada de Valdunciel, Cantalapiedra, Fuenteguinaldo, Peñaranda, Fuentes de Oñoro y Matilla Caños.
f) En la provincia de Soria, Segovia, las zonas básicas de salud de Sepúlveda y Navafría.
g) En la zona básica provincia de Soria, las zonas básicas de salud de San Pedro Manrique. Manrique, Berlanga de Duero y Olvega.
g) h) En la provincia de Valladolid, las zonas básicas de salud de Alaejos, Mayorga de Campos y Campos, Esguevillas de Esgueva. Esgueva, Mota del Marqués y Villafrechos.
h) i) En la provincia de Zamora, las zonas básicas de salud de Alta Sanabria, Carbajales de Alba, Tábara, Santibáñez de Vidriales, Alcañices (Aliste), Corrales del Vino Vino, Villalón de Campos, Villalpando, Camarzana de Tera, Villarín y Villalpando. Mombuey.
8. En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, las provincias de Guadalajara Guadalajara, Cuenca, Toledo, Albacete y Cuenca. Ciudad Real.
9. En la Comunidad Autónoma de Cataluña, las regiones sanitarias de Camp de Tarragona, Alt Pirineu i Aran, y Terres de l’Ebre. l’Ebre, Girona, Lleida y Catalunya Central, así como las áreas de gestión asistencial del Alt Penedès y Garraf (región metropolitana Sud).
10. En la Comunidad Valenciana, los siguientes departamentos de salud: las provincias de Castellón/Castelló,
a) En la provinciaVinaròs. Valencia/València,
b) En la provincia deRequena, Xàtiva-Ontinyent y Gandia. Alicante/Alacant.
c) En la provincia de Alicante/Alacant, Alcoi, Dénia, La Marina Baixa, Elda, Orihuela y Torrevieja.
11. En la Comunidad Autónoma de Extremadura, las provincias de Cáceres y Badajoz.
12. En la Comunidad Autónoma de Galicia, las provincias de Lugo, A Coruña, Ourense y Pontevedra.
13. En la Región de Murcia, toda la provincia de Murcia.
14. En la Comunidad Foral de Navarra, toda la provincia de Navarra.
15. En la Comunidad Autónoma del País Vasco, los territorios históricos de Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.
16. En la Comunidad Autónoma de La Rioja, toda la provincia de La Rioja.
17. La Ciudad Autónoma de Ceuta.
18. La Ciudad Autónoma de Melilla.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de junio de 2020 En vigor | BOE-A-2020-5795 | Leer | Qué cambió |
| 1 de junio de 2020 | BOE-A-2020-5469 | Leer | Qué cambió |
| 25 de mayo de 2020 | BOE-A-2020-5267 | Leer | Qué cambió |
| 25 de mayo de 2020 | BOE-A-2020-5265 | Leer | Qué cambió |
| 18 de mayo de 2020 | BOE-A-2020-5088 | Leer | Qué cambió |
| 11 de mayo de 2020 | Texto original | Leer |


