Legislación › Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Artículo 27. Adaptación de los servicios de limpieza.
Artículo 27. Adaptación de los servicios de limpieza.
1. Las salas procederán de forma previa a la reapertura a la realización de una limpieza y desinfección en profundidad.
2. La limpieza y desinfección de los espacios de exposición o almacenaje en los que se encuentren depositados bienes culturales se realizará conforme a las recomendaciones específicas para este tipo de zonas establecidas por el Instituto del Patrimonio Cultural de España (IPCE).
3. En los espacios sin bienes culturales, la limpieza se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 6.


