Legislación › Orden TMA/419/2020, de 18 de mayo, por la que se actualizan las medidas en materia de ordenación general de la navegación marítima adoptadas durante el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 al proceso de desescalada.
Artículo 3. Restricciones.
Artículo 3. Restricciones.
1. Se mantiene la restricción de entrada en puertos españoles de los buques de pasaje tipo crucero procedentes de cualquier puerto.
2. El Ministerio de Sanidad podrá excepcionalmente levantar las restricciones previstas en este artículo, que deberán ser autorizadas. En todo caso se adoptarán todas las medidas necesarias de control sanitario para evitar que supongan un riesgo para la población de nuestro país.
Se modifica por el art. 2 de la Orden SND/520/2020, de 12 de junio. BOE-A-2020-6088
Se modifica por el art. 2 de la Orden TMA/424/2020, de 20 de mayo. BOE-A-2020-5192
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de junio de 2020 En vigor | BOE-A-2020-6088 | Leer | Qué cambió |
| 21 de mayo de 2020 | BOE-A-2020-5192 | Leer | Qué cambió |
| 19 de mayo de 2020 | Texto original | Leer |


