Legislación › Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo.
Artículo 18. Hábitats protegidos.
Artículo 18. Hábitats protegidos.
Queda prohibida la pesca con modalidad de arrastre de fondo sobre los lechos de Posidonia oceanica u otras fanerógamas marinas, en los fondos coralígenos y de maërl, de conformidad con lo previsto en los apartados 1, 2, 3 y 4 del artículo 4 del Reglamento (CE) núm. 1967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre de 2006, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el mar Mediterráneo y por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 2847/93 y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1626/94.
Se añade por el art. único.10 de la Orden APA/241/2023, de 3 de marzo. BOE-A-2023-6444


