Legislación › Orden
Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo.
En vigor Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · Publicada el 20 de mayo de 2020 · Último cambio el 16 de julio de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 11/03/2023
- Artículo 3. Puntos de referencia biológicos y de conservación.
- Artículo 4. Días de pesca para la flota del censo de arrastre de fondo en el Mediterráneo. 3 redacciones · cambió el 16/07/2026
- Artículo 5. Asignación de días de pesca. 3 redacciones · cambió el 01/04/2025
- Artículo 6. Solicitud de la gestión conjunta de los días de pesca. 2 redacciones · cambió el 11/03/2023
- Artículo 7. Listado anual de asignación de los días de pesca. 2 redacciones · cambió el 11/03/2023
- Artículo 8. Restricción en la transmisibilidad de los días de pesca para la flota de arrastre de fondo en el Mediterráneo. 2 redacciones · cambió el 11/03/2023
- Artículo 9. Mecanismo de optimización anual de los días de pesca asignados. 2 redacciones · cambió el 11/03/2023
- Artículo 10. Tiempo de permanencia en la mar. 2 redacciones · cambió el 11/03/2023
- Artículo 10 bis. Tallas mínimas.
- Artículo 10 ter. Implantación de copos con mallas cuadradas de tamaño mínimo de 45 milímetros para pesquería de costera y de tamaño mínimo de 50 milímetros para pesquería de profundidad.
- Artículo 11. Cierres espacio-temporales para la protección de los recursos pesqueros demersales.
- Artículo 12. Paradas temporales.
- Artículo 13. Seguimiento, vigilancia, control y evaluación del plan de gestión. 2 redacciones · cambió el 11/03/2023
- Artículo 14. Cese de la actividad en caso de agotamiento de los límites de esfuerzo pesquero.
- Artículo 15. Cierre de pesquerías.
- Artículo 16. Superación del esfuerzo pesquero asignado.
- Artículo 17. Infracciones y sanciones.
- Artículo 18. Hábitats protegidos.
- Disposición adicional única. Obligación de estiba separada.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición transitoria única. Tramitación de solicitudes para la gestión conjunta de buques durante el año 2020.
- Disposición final primera. Modificación de la Orden AAA/2808/2012, de 21 de diciembre, por la que se establece un Plan de Gestión Integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquería realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores, para el período 2013-2017, prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2020 por la Orden APA/1254/
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Habilitación a la Secretaría General de Pesca.
- Disposición final cuarta. Habilitación a la Secretaría General de Pesca. 2 redacciones · cambió el 11/03/2023
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V


