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Legislación › Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo.

Disposición transitoria única. Tramitación de solicitudes para la gestión conjunta de buques durante el año 2020.

Disposición transitoria única. Tramitación de solicitudes para la gestión conjunta de buques durante el año 2020.

Para el año 2020, las asociaciones presentarán las solicitudes establecidas en el artículo 6 en los 15 días naturales siguientes a la entrada en vigor de esta orden y la Secretaría General de Pesca emitirá la resolución provisional prevista en el artículo 7.1 en el plazo de diez días desde la finalización del plazo para presentación de las solicitudes.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada por Orden APA/506/2020, de 3 de junio. BOE-A-2020-5784

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