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Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas.

En vigor Ministerio de Defensa · Publicada el 21 de mayo de 2020 · Último cambio el 21 de mayo de 2020 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  4. Artículo 2. Modelo de organización y transformación digital.
  5. Artículo 3. Gestión de la Organización por Procesos de Trabajo.
  6. TÍTULO I
  7. Artículo 4. El Jefe de Estado Mayor de la Defensa.
  8. Artículo 5. Los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire.
  9. TÍTULO II
  10. CAPÍTULO I
  11. Artículo 6. Concepto y organización de la estructura operativa.
  12. Artículo 7. Las organizaciones operativas y sus comandantes.
  13. Artículo 8. La Fuerza Conjunta.
  14. CAPÍTULO II
  15. Artículo 9. El Estado Mayor de la Defensa.
  16. CAPÍTULO III
  17. Artículo 10. El Cuartel General.
  18. CAPÍTULO IV
  19. Artículo 11. El Mando de Operaciones.
  20. Artículo 12. El Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas.
  21. Artículo 13. El Mando Conjunto del Ciberespacio.
  22. Artículo 14. El Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional.
  23. CAPÍTULO V
  24. Artículo 15. Representaciones militares nacionales y otros órganos dependientes del Jefe de Estado Mayor de la Defensa.
  25. TÍTULO III
  26. Artículo 16. Concepto de estructura orgánica.
  27. Artículo 17. El Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire.
  28. Artículo 18. El Cuartel General.
  29. Artículo 19. La Fuerza.
  30. Artículo 20. El Apoyo a la Fuerza.
  31. Artículo 21. La Unidad Militar de Emergencias.
  32. Disposición adicional primera. Del Comandante General de la Infantería de Marina.
  33. Disposición adicional segunda. Dependencia del Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
  34. Disposición adicional tercera. No incremento del gasto público ni de plantilla.
  35. Disposición transitoria única. Subsistencia de unidades.
  36. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  37. Disposición final primera. Título competencial.
  38. Disposición final segunda. Facultades de desarrollo, ejecución y aplicación.
  39. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  40. [firma]