Legislación › Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas.
Artículo 17. El Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire.
Artículo 17. El Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire.
El Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire componen la estructura orgánica de las Fuerzas Armadas y aportan las capacidades básicas para su estructura operativa. Cada uno de ellos está compuesto por:
a) El Cuartel General.
b) La Fuerza.
c) El Apoyo a la Fuerza.


