Legislación › Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente a la crisis ocasionada por el COVID-19.
Artículo 49. Duración de la ayuda.
Artículo 49. Duración de la ayuda.
La persona beneficiaria de esta ayuda tendrá derecho a la percepción de la misma en tanto tenga derecho al cobro de la prestación contributiva por desempleo reconocida por la tramitación del expediente de regulación temporal de empleo.


