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Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente a la crisis ocasionada por el COVID-19.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 23 de mayo de 2020 · Último cambio el 2 de junio de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Programas de subvenciones. 2 redacciones · cambió el 02/06/2020
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 4. Requisitos generales de las personas beneficiarias.
- Artículo 5. Forma de presentación de solicitudes.
- Artículo 6. Procedimiento de concesión.
- Artículo 7. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento.
- Artículo 8. Recursos.
- Artículo 9. Justificación y pago de las subvenciones.
- Artículo 10. Incompatibilidades. 2 redacciones · cambió el 02/06/2020
- Artículo 11. Control de las ayudas.
- Artículo 12. Procedimiento de reintegro.
- Artículo 13. Responsabilidad y régimen sancionador.
- CAPÍTULO II
- Artículo 14. Objeto. 2 redacciones · cambió el 02/06/2020
- Artículo 15. Personas beneficiarias. 2 redacciones · cambió el 02/06/2020
- Artículo 16. Requisitos específicos de las personas beneficiarias. 2 redacciones · cambió el 02/06/2020
- Artículo 17. Importe y pago de las ayudas.
- Articulo 18. Financiación de las ayudas. 2 redacciones · cambió el 02/06/2020
- Artículo 19. Plazo de presentación de solicitudes.
- Artículo 20. Documentación que debe acompañar a la solicitud.
- Artículo 21. Obligaciones. 2 redacciones · cambió el 02/06/2020
- Artículo 22. Incumplimiento de las condiciones y de las obligaciones.
- Artículo 23. Resolución de incidencias.
- CAPÍTULO III
- Artículo 24. Objeto.
- Artículo 25. Entidades beneficiarias.
- Artículo 26. Requisitos de las entidades beneficiarias.
- Artículo 27. Personas destinatarias de las ayudas y contratos subvencionables.
- Artículo 28. Importe y pago de las ayudas.
- Articulo 29. Financiación de las ayudas.
- Artículo 30. Plazo de presentación de solicitudes.
- Artículo 31. Documentación que debe acompañar a la solicitud.
- Artículo 32. Obligaciones.
- Artículo 33. Incumplimiento de las condiciones y de las obligaciones.
- Artículo 34. Resolución de Incidencias.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 35. Objeto y ámbito.
- Artículo 36. Entidades beneficiarias.
- Artículo 37. Requisitos específicos de las entidades beneficiarias.
- Artículo 38. Importe y pago de las ayudas.
- Artículo 39. Financiación de las ayudas.
- Artículo 40. Plazo de presentación de solicitudes.
- Artículo 41. Documentación que debe acompañar a la solicitud.
- Artículo 42. Obligaciones.
- Artículo 43. Incumplimiento de las condiciones y de las obligaciones.
- Artículo 44. Resolución de incidencias.
- CAPÍTULO V
- Artículo 45. Objeto.
- Artículo 46. Personas beneficiarias.
- Artículo 47. Requisitos específicos de las personas beneficiarias.
- Artículo 48. Importe de las ayudas y pago.
- Artículo 49. Duración de la ayuda.
- Artículo 50. Financiación de las ayudas.
- Artículo 51. Plazo de presentación de solicitudes.
- Artículo 52. Documentación que debe acompañar a la solicitud.
- Artículo 53. Obligaciones.
- Artículo 54. Incumplimiento de las condiciones y de las obligaciones.
- Artículo 55. Resolución de incidencias.
- TÍTULO II
- Artículo 56. Objeto y Ámbito de aplicación.
- Artículo 57. Definiciones.
- Artículo 58. Beneficiarios.
- Artículo 59. Representante de la Entidad solicitante.
- Artículo 60. Gastos subvencionables y no subvencionables.
- Artículo 61. Cuantía y límite de la ayuda.
- Artículo 62. Procedimiento de concesión y de convocatoria de la subvención.
- Artículo 63. Solicitudes y plazo de presentación.
- Artículo 64. Documentación.
- Artículo 65. Ordenación e instrucción.
- Artículo 66. Comisión de Valoración.
- Artículo 67. Criterios de evaluación de solicitudes.
- Artículo 68. Propuesta de Resolución y trámite de audiencia.
- Artículo 69. Resolución.
- Artículo 70. Plazo de ejecución de las inversiones.
- Artículo 71. Circunstancias que pueden dar lugar a la modificación de la resolución.
- Artículo 72. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
- Artículo 73. Causas que impiden o prohíben ser entidades beneficiarias.
- Artículo 74. Liquidación y documentación justificativa de la ayuda.
- Artículo 75. Pago de la ayuda.
- Artículo 76. Incumplimientos.
- Artículo 77. Criterios de graduación de posibles incumplimientos.
- Artículo 78. Causas de pérdida del derecho al cobro y de reintegro de las ayudas.
- Artículo 79. Régimen de compatibilidad.
- Artículo 80. Financiación.
- Artículo 81. Medidas de publicidad.
- Artículo 82. Controles.
- TÍTULO III
- Artículo 83. Objeto de la subvención para empresas turísticas.
- Artículo 84. Finalidad y cuantía de la ayuda.
- Artículo 85. Compatibilidad de la subvención para empresas turísticas con otras ayudas.
- Artículo 86. Financiación de la subvención para empresas turísticas.
- TÍTULO IV
- Artículo 87. Objeto.
- Artículo 88. Definiciones. 2 redacciones · cambió el 02/06/2020
- Artículo 89. Entidades beneficiarias.
- Artículo 90. Requisitos para obtener la condición de beneficiaria.
- Artículo 91. Solicitudes y documentación. 2 redacciones · cambió el 02/06/2020
- Artículo 92. Plazo de presentación de las solicitudes.
- Artículo 93. Subsanación de las solicitudes.
- Artículo 94. Cuantía y límite de las ayudas.
- Artículo 95. Incompatibilidades.
- Artículo 96. Procedimiento de concesión de las ayudas.
- Artículo 97. Órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento.
- Artículo 98. Propuesta, resolución y notificación.
- Artículo 99. Obligaciones de las beneficiarias. 2 redacciones · cambió el 02/06/2020
- Artículo 100. Alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda.
- Artículo 101. Incumplimientos, revocación y reintegro de las ayudas.
- Artículo 102. Procedimiento de reintegro.
- Artículo 103. Publicidad.
- Artículo 104. Financiación. 2 redacciones · cambió el 02/06/2020
- Artículo 105. Pago y justificación.
- Disposición adicional primera. Normativa aplicable.
- Disposición adicional segunda. Régimen comunitario de las ayudas.
- Disposición adicional tercera. Créditos presupuestarios.
- Disposición adicional cuarta. Líneas de este decreto-ley financiadas con Fondos Estructurales y de Inversión Europeo.
- Disposición adicional quinta. Créditos ampliables.
- Disposición adicional sexta. Modificación de la Orden de 16 de enero de 2020, por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020. (DOE n.º 16, de 24 de enero).
- Disposición adicional séptima. Reglas sobre modificaciones precisas en el cumplimiento y acreditación de los requisitos y condiciones relativas a las subvenciones vinculadas al ámbito de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, cuya ejecución y justificación pueda resultar imposible o no pueda llevarse a cabo e
- Disposición adicional octava. Convenios de cooperación en materia de subvenciones a empresas turísticas reguladas en el Título III.
- Disposición adicional novena. Medidas de fomento del empleo por las Diputaciones Provinciales.
- Disposición adicional décima. Adaptación de los estatutos sociales de Sociedades Cooperativas.
- Disposición adicional undécima. Procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada solicitados o comunicados como consecuencia del COVID-19.
- Disposición adicional duodécima. Habilitación para la realización de modificaciones precisas en el cumplimiento de obligaciones de mantenimiento del empleo en los programas de subvenciones de fomento del empleo y autoempleo del ámbito del Servicio Extremeño Público de Empleo.
- Disposición final primera. Habilitación normativa.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


